La carta de credito es uno de los documentos más utilizados en comercio internacional a la hora de establecer un contrato entre dos individuos, dos personas físicas, dos empresas, o dos partes concretas. Es muy utilizada para compra venta de inmuebles, contratos de importación y exportación, contratos de compra-venta portuarios FROB (Free on Board), e incluso para la gestión de documentos comerciales internacionales vinculados a aspectos clave como los Incoterms.

Hoy vamos a hablar un poco acerca de los diferentes tipos de cartas de creditos existentes según la legislación internacional, también conocida como “UCP 600″ gestionada a nivel mundial por la  ICC  o International Chamber of Commerce (Cámara de comercio Internacional).

Dejando un lado la denominada “Carta de credito particular” (de la que hablaremos en futuros artículos) y sus multiples modalidades, los cuatro tipos básicos de carta de credito que comunmente suelen establecerse son estos. Es conveniente tenerlos siempre presentes si trabajamos en comercio internacional, o nuestra profesiín está vinculada con este tipo de documentos.

  • Cartas de credito domésticas : Se trata del documento que ha sido abierto en favor de un concreto beneficiario que tiene su domicilio establecido localmente, y el cual no requiere, normalmente, de la intervención de un banco o entidade financiera. Este tipo de documento establece una relación de tipo triangular entre el ordenante del objeto, o instrumento, el banco emisor, y el vendedor beneficiario.
  • Revocables o irrevocables: La carta de credito es considerada como “Irrevocable” cuando el compromiso es aceptado por las partes que la suscribm y cuando el documento no puede ser modificado, bajo ningún concepto, sin el conocimiento previo de las partes, y con el permiso de estas. También puede emitirse un crédito de tipo documentario y que sea nominado como revocable. Esto significa que el documento si puede ser modificado si una de las partes contrayentes así lo solicitase.
  • Comerciales: Dependiendo del tipo de obligación que ampare a las cartas de crédito concretas, estas pueden ser comerciales, siempre y cauando la operación que las involucre sea una operacion de compraventa, que puede ser o bien local (a nivel de país), o bien internacional. Este tipo de docuemento asegura siempre el cumplimiento exacto de las obligaciones en orden, lo que se conoce como ”stand by”.
  • Nominativas: También denominadas negociables, estas cartas son las que indican de forma expresa que bancos están autorizados para confirmar, negociar y avisar a las partes sobre la negociación del instrumento. Serán solo negociables de forma libre aquellas que no indicasen de forma expresa los bancos nominados para que intervangan en el manejo del proceso anunciado.

Estos son los cuatro tipos de carta de credito más comunes en comercio exterior. Para saber más acerca de este tipo de documentos no dudes en visitar nuestro blog: Iremos escribiendo semana a semana interesantes artículos que te ayudarán a comprender mejor todo lo relativo a las cartas de credito, su uso, tipos, y formas jurídicas.

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